Miael Salazar F.
El Juzgado Cuarto Penal Municipal para Adolescentes de Bucaramanga, con funciones de control de garantías, a cargo de la juez Liliana Nelly Parra Pinzón, admitió una Acción de Tutela instaurada contra el Municipio de Floridablanca.
Mediante el oficio 080, de fecha 26 de enero de 2021, el citado Juzgado notifica al diputado Luis Ferley Sierra Jaimes (diputado de la Asamblea de Santander) y Milady Tovar Cabarique (Concejala del Municipio de Floridablanca), que ha sido admitida la Acción de Tutela contra el Municipio de Floridablanca, en “…amparo del derecho fundamental de Petición”.
En el mismo oficio, la juez otorga 48 horas de plazo para que la administración de Floridablanca cumpla con lo solicitado en la Tutela. Es decir, en 48 horas, a más tardar, la Alcaldía debe responder a lo solicitado por los accionantes en el derecho de Petición radicado el día 10 de noviembre del año pasado, sin que hasta ahora hayan obtenido respuesta.
Descripción de los hechos
Con fecha 10 de noviembre de 2020, el diputado Luis Ferley Sierra Jaimes y la concejala Milady Tovar Cabarique, radican un Derecho de Petición en la administración municipal de Floridablanca.
Los ya nombrados (diputado y concejala), le solicitan a la Alcaldía de Floridablanca información relacionada con la obra, Centro Cultural y Recreacional del Barrio La Cumbre, cuyo costo fue superior a los 3.000 millones de pesos, sin que el mismo haya aportado algún servicio a la comunidad.
Dicha infraestructura fue presupuestada y construida en administraciones pasadas, es decir, no es de la actual administración.
Pero como la obra citada se halla en completo abandono, sin que haya cumplido su objetivo, le solicitan a la administración municipal actual, información acerca de si ha realizado alguna gestión para recuperarla y si se ha procedido a una investigación para determinar responsabilidades. Solicitan, también, copia del contrato mediante el cual se asignó la obra y copia de los informes de interventorías contratadas, en función del Centro Cultural citado.
Entre otras cosas, solicitan a la actual administración informar si tiene conocimiento de investigaciones o medidas disciplinarias que se hayan ejecutado contra quienes construyeron la obra y quienes estaban encargados de supervisar y controlar.
¿Por qué la Tutela?
En la Acción de Tutela, los accionantes ponen en conocimiento del juez, que con fecha 10 de noviembre de 2020 se radicó el Derecho de Petición.
Un mes después, el 09 de diciembre de 2020, según el documento, reciben información parcial de lo solicitado, sin que se cumpla con el Derecho de Petición, razón por la cual instauran la Acción de Tutela que falla que el juzgado falla a favor de los accionantes (Diputado Luis Ferley Sierra Jaimes y concejala Milady Tovar Cabarique) y en contra del accionado, el Municipio de Floridablanca.
En consecuencia, la administración municipal tiene 48 horas, contadas a partir de la notificación de la Acción de Tutela, para que entregue a los accionantes la información requerida en el Derecho de Petición de fecha 10 de noviembre de 2020.