La administración municipal de Piedecuesta, a cargo de Mario José CarvajaI Jaimes, emitió un decreto mediante el cual reglamenta las nuevas medidas para controlar el contagio por Covid en dicha jurisdicción.

Estas son las medidas:
PICO Y CÉDULA en la modalidad par e impar para el ingreso a establecimientos de atención al público, los siguientes días:
– 17, 19, 21 y 23 de abril – Impar
– 18, 20, 22 de abril – Par
– Se exceptúa de esta medida a los hoteles, establecimiento de la industria gastronómica, y parques.
TOQUE DE QUEDA NOCTURNO Y LEY SECA todos los días desde las diez de la noche (10:00 p.m.) hasta las cinco de la mañana (5:00 a.m.)
ACTIVIDADES NO PERMITIDAS: Durante la vigencia del Decreto Nacional 206 del 26 de febrero de 2021, no se podrán desarrollar las siguientes actividades:
1. Eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, de conformidad con las disposiciones y protocolos que expida el Ministerio de Salud y Protección Social.
2. Discotecas y lugares de baile.
3. El consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio. No queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes, ni el consumo en restaurantes, como tampoco su
comercialización a través de plataformas digitales o domicilios.
RESTRICCIONES TEMPORALES: Conforme a lo
dispuesto en el Puesto de Mando Unificado, durante la vigencia del presente decreto, se restringen las siguientes actividades:
1. Restricción de cirugías programadas no vitales en el Municipio de Piedecuesta.
2. Restringir la entrega de medicamentos en los lugares donde operan o tienen contratado las EPS este servicio, por lo que deben realizar la entrega de medicamentos vía domicilio.
MEDIDAS DE BIOSEGURIDAD. Los habitantes del
Municipio de Piedecuesta y los titulares de actividades económicas deben cumplir las siguientes medidas de bioseguridad:
A) Uso obligatorio de tapabocas. El uso de tapabocas que cubra nariz y boca será obligatorio para todas las personas cuando estén fuera de su domicilio, independientemente de la actividad o labor que desempeñen.
La no utilización del tapabocas podrá dar lugar a la imposición de medidas correctivas establecidas en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia
Ciudadana, así como las demás sanciones a que haya lugar.
Se recomienda el uso de tapabocas quirúrgico convencional.
B) Ventilación Obligatoria. Todos los establecimientos públicos y privados, así como lugares de vivienda, deberán mantenerse con ventilación adecuada y
suficiente (puertas y/o ventanas abiertas) de forma permanente;
C) Lavado de manos y desinfección. Lavado de manos con agua y jabón al menos cada tres horas y utilizar permanentemente alcohol en gel mínimo al 60% y máximo al 95% con registro sanitario para la higienización de manos y desinfectar constantemente las superficies.
D) Distanciamiento físico. En el desarrollo de las actividades fuera del domicilio las personas deberán mantener el distanciamiento previsto en los protocolos
de bioseguridad expedidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, con el fin de prevenir y mitigar el riesgo de contagio por COVID-19. Lo anterior, de conformidad con las instrucciones que en detalle definan los protocolos de bioseguridad dictados por las autoridades del orden nacional.
E) Medidas de higiene y distanciamiento para el personal, clientes y funcionamiento de los establecimientos. El titular de la actividad económica,
deberá implementar las medidas contempladas en los protocolos de bioseguridad establecidos en las resoluciones emitidas por el Ministerio de Salud y Protección Social para el control de la pandemia del Coronavirus COVID-19 y las demás instrucciones que adopten o expidan las diferentes autoridades para brindar seguridad al personal a su cargo y a sus clientes.
CONTINÚESE intensificando la estrategia Pruebas, Rastreo y Aislamiento Selectivo Sostenible – PRASS, en el Municipio de Piedecuesta, aumentando así la capacidad de pruebas, detección, aislamiento definido y una trazabilidad, para lo cual EXHÓRTESE a la Secretaría de Salud municipal a incrementar este tipo de acciones y emitir un informe diario sobre el avance de esta estrategia y del desarrollo del Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19.
