Misael Salazar F.
El Tribunal Administrativo de Santander admitió la demanda de nulidad de la elección de Fredy Anaya como contralor del departamento de Santander, interpuesta por Carlos Parra, Danovis Lozano y Ferley Sierra.

Los demandantes accionaron contra el departamento de Santander, la Gobernación de Santander, la Asamblea Departamental de Santander y el electo contralor, Fredy Anaya, por considerar que en el proceso de selección se incurrió en varias irregularidades.
Argumentan que se produjo un vaciamiento de funciones a lo largo del proceso, por parte de la Asamblea Departamental de Santander y, por lo tanto, se incurrió en faltas graves que pudieron haber afectado el proceso de elección del contralor y la transparencia del mismo.
Destacan que la Asamblea Departamental de Santander suscribió un contrato de apoyo y asesoría con la Universidad Distrital Francisco José de Caldas para la elección del contralor y dejan claro que la Universidad no cumplió en su totalidad el compromiso, afectando el proceso de selección.

Parra, Lozano y Sierra exponen ante el Tribunal que se presentaron varias faltas por parte de la Universidad, ente encargado de la aplicación de la prueba de conocimiento a los aspirantes.
La primera objeción en contra de la universidad es que la institución académica aplicó el examen de conocimiento dos horas después de lo pautado en la convocatoria inicial. Es decir, había citado a los concursantes para las 8 y 30 de la mañana y terminó aplicando la prueba a las 10 de la mañana del mismo día.
Argumentan, además, que hubo fallas en la aplicación de la prueba de conocimiento y la cadena de custodia por parte de la universidad.
Los demandantes exponen problemas de logística por parte de la universidad, por lo que finalmente fueron tres funcionarios de la Asamblea Departamental los que contribuyeron con la aplicación de la prueba y el resguardo de la cadena de custodia.
Se preguntan, cómo es posible que, habiendo firmado un contrato con la Universidad Francisco José de Caldas para la aplicación de la prueba y el resguardo de las mismas, tres funcionarios de la Asamblea Departamental terminan apoyando la aplicación de la prueba y cuidando las mismas. A juicio de los demandantes, hubo incumplimiento por parte de la universidad contratada, afectando la pulcritud del proceso de selección.
Los ya citados demandantes, expresan que la Asamblea Departamental de Santander solo dispuso de tres días hábiles para la convocatoria al proceso de inscripción de los interesados en participar en el proceso. A su juicio, se trató de un lapso muy corto para el proceso de inscripción, pudiendo haber incurrido con ello en el impedimento de algunos interesados en participar en el concurso.
Dejan claro, también, que otro de los vicios consistió en que, dentro de los requisitos solicitados a los aspirantes, no se exigió el Certificado Nacional de Medidas Correctivas que expide la Policía Nacional de Colombia, violando el artículo 183 de la Ley 1801 de 2016, que lo establece como un documento obligatorio para quien aspira ocupar cargos públicos.
Luego de evaluar el contenido de la solicitud, el Tribunal Administrativo de Santander, con Iván Mauricio Mendoza Saavedra como Magistrado Ponente, admite la solicitud de demanda contra la elección del contralor y solicita a la Secretaría del Tribunal notificar la decisión a las partes. La admisión de la demanda tiene fecha 4 de febrero de 2022.
