Misael Salazar F.
El Consejo de Estado ratificó la decisión del Tribunal Administrativo de Santander que favoreció al concejal de Floridablanca, Macos Olarte Ramírez y deja en firme su elección como corporado.
Se trata de una decisión de segunda instancia que niega la nulidad de la elección de Olarte Ramírez, a la cual pretendía la parte demandante y que ya había sido negada en primera instancia por el Tribunal Administrativo de Santander.
Tania Lizeth Bautista Peñaloza y Yolanda Romero Trujillo, habían demandado la nulidad del acto de elección del referido concejal, alegando que había violado la ley al financiar su campaña electoral o parte de la misma con recursos propios.
Olarte Ramírez habría incurrido en falta grave, según los denunciantes, por cuanto estaba vinculado a otro proceso legal y por lo tanto no podía financiar su campaña con recursos propios.
Tal como lo había hecho el Tribunal Administrativo en su fallo de primera instancia, el Consejo de Estado argumenta que la falta cometida por el concejal no da lugar a la nulidad de su elección. Aclara que, en ninguna parte del ordenamiento jurídico colombiano, la falta de Marcos Olarte conlleva a la nulidad de su elección.
Por lo tanto, el Consejo de Estado, en su falla, decreta lo siguiente:
PRIMERO: CONFIRMAR la sentencia del 13 de diciembre de 2024, por medio de la cual, el Tribunal Administrativo de Santander negó las pretensiones de nulidad de la elección del señor Marcos Olarte Ramírez como concejal del municipio de Floridablanca (Santander), para el periodo 2024-2027.
SEGUNDO: DEVOLVER el expediente al tribunal de origen para lo de su competencia.
CUARTO: ADVERTIR a los sujetos procesales que contra lo resuelto no procede recurso ordinario alguno.
Tal como lo advierte el inciso cuarto del fallo del Consejo de Estado y por tratarse de una decisión de segunda instancia, ya no procede ningún recurso de apelación. Por lo tanto, Marcos Olarte es ratificado como concejal electo del municipio de Floridablanca para el periodo 2024-2027.

