El Consejo de Estado ratifica a Mario Barragán como personero de Floridablanca: Ciudad Florida
Misael Salazar F.
En sentencia de primera instancia y con ponencia de la magistrada Carolina Arias Ferreira, el Tribunal Administrativo de Santander restituye en el cargo a Mario Barragán, como personero del municipio de Floridablanca.
El citado funcionario fue objeto de una medida cautelar que lo sacó temporalmente del cargo, mientras de producía un fallo judicial a favor o en contra de quienes solicitaron la nulidad de su elección como personero, alegando ilegalidad en el procedimiento.
Decían los demandantes, para argumentar la nulidad de la elección de Barragán, que la Universidad Popular del Cesar no reunía los criterios de idoneidad para proceder, como lo hizo, a la realización del concurso de méritos.
Afirmaban, también, que el vicerrector administrativo de la Universidad citada, no contaba con la facultad para firmar el contrato con el Concejo de Floridablanca, para proceder al concurso de méritos.
Y sostenían, que no existía ningún contrato entre la Universidad Popular del Cesar y el Concejo de Floridablanca, para llevar adelante dicho concurso, lo que significaba que el procedimiento carecía de legalidad.
Todo el proceso fue legal
Una vez recopiladas y procesadas todas las pruebas, el Tribunal Administrativo de Santander concluye que:
- La Universidad Popular del Cesar sí existe debidamente registrada y con la idoneidad para llevar adelante el concurso de méritos, tal cual lo hizo en el caso de Barragán.
2. El vicerrector administrativo de la Universidad del Cesar sí estaba facultado por el rector de la casa de estudios para firmar el contrato con el Concejo Municipal de Floridablanca, proceso que se cumplió a cabalidad para que la universidad realizara el concurso de méritos.
3. Si existió un contrato de servicio entre la Universidad Popular del Cesar, representada por el vicerrector administrativo y el Concejo Municipal de Floridablanca, representado por el entonces presidente de la Corporación, Néstor Bohórquez Meza.
4. Tanto la Universidad Popular del Cesar, como el Concejo Municipal de Floridablanca y el aspirante, Mario Barragán, cumplieron con todo el proceso que implicó la elección legítima del personero municipal, cargo que recayó en el ya nombrado.
En consecuencia, el Tribunal emite falla en los siguientes términos:
PRIMERO: DENEGAR las pretensiones de la demanda respecto de los radicados 2024-00185, 2024-00172-00, 2024-00231-00 y 2024-00233-00, de conformidad con las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia.
SEGUNDO: LEVANTAR la suspensión provisional del acto electoral contenido en la Acta de sesión plenaria 008 del 10 de enero de 2024, mediante el cual se protocolizó la elección del señor Mario Barragán Pachón como Personero Municipal de Floridablanca (Santander) para el periodo 2024-2028; por las razones expuestas en la parte motiva de está providencia
TERCERO: SIN CONDENA en costas, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de esta providencia.
Mario Barragán no responde
Ciudad Florida insistió con el recién restituido personero, Mario Barragán, para conocer su opinión y sobre todo, para saber si procederá a reincorporarse a su cargo.
La comunicación fue inútil, a pesar de lo importante que resulta su opinión por tratarse de tan importante cargo.


