Jhair Manrique, Director de Tránsito de Bucaramanga, dio a conocer los alcances de la Resolución que restringe la movilidad de los mototaxistas. Foto: Archivo
La Dirección de Tránsito de Bucaramanga (DTB), en cumplimiento del mandato judicial emitido por el Juzgado Quince Administrativo de Bucaramanga, expidió la Resolución 0292 que implementa medidas de restricción al tránsito de motocicletas y motocicletas con parrillero en sectores específicos de la ciudad, a partir del 9 de junio de 2025.
Estas decisiones se adoptan con el fin de combatir el transporte informal tipo mototaxismo, preservar la seguridad vial y garantizar el orden en la movilidad urbana.
¿Qué dice la resolución?
La Dirección de Tránsito determinó las siguientes medidas:
1. Restricción a motocicletas sin parrillero
Corredor vial:
Carrera 33 entre Quebrada Seca y Calle 55 (sentido norte-sur)
Carrera 33 entre Calle 56 y Quebrada Seca (sentido sur-norte)
Horario:
De lunes a viernes. Entre 6:00 a.m. y 8:00 a.m. y entre 6:00 p.m. y 8:00 p.m.
No incluye Días Festivos
2. Restricción a motocicletas con parrillero y/o acompañante
Corredor vial:
Calle 36 entre carreras 15 y 19 (ambos sentidos)
Horario:
De lunes a viernes. Entre 6:00 a.m. y 8:00 a.m. y entre 6:00 p.m. y 8:00 p.m.
No aplica en días festivos.
¿Quiénes están exentos?
- Motocicletas de la Fuerza Pública, organismos de seguridad del Estado, Policía Judicial, autoridades de tránsito y transporte, organismos de emergencia y salud.
- Personal de seguridad privada debidamente identificado y autorizado.
- Motocicletas que transporten de manera habitual personas en condición de discapacidad o con enfermedades que limiten su movilidad, siempre que exista la certificación médica correspondiente.
¿Por qué se adoptan estas medidas?
Estas acciones responden a una orden judicial que exige a los municipios del Área Metropolitana de Bucaramanga adoptar medidas contra el transporte ilegal.
El ingeniero Jhair Manrique explica los alcances de la Resolución
De acuerdo con el director de Tránsito, Jhair Manrique, estas restricciones se fundamentan en un fallo judicial que obliga a la entidad a: «Establecer condiciones específicas: primero, la prohibición del parrillero en un sector de la ciudad; segundo, la prohibición de la motocicleta en otro sector; y tercero, la exigencia de que el conductor sea el mismo dueño del vehículo», explicó Manrique.
La Dirección de Tránsito ya dio cumplimiento a las dos primeras condiciones mediante esta resolución. La tercera medida –relacionada con el propietario-conductor– se encuentra aún en estudio técnico. «Nuestro equipo In House continúa desarrollando el diagnóstico. Llevamos identificados más de 30 puntos críticos de mototaxismo, pero son más de 105 los conocidos como ‘terminalitos’. Por ello, determinamos aplicar la medida en los dos sectores de mayor incidencia: la Carrera 33 y la Calle 36», señaló el director.
El incumplimiento de esta decisión judicial podría generar sanciones para las entidades responsables, según lo estipulado en la Ley 472 de 1998.
Los estudios técnicos realizados muestran que el corredor vial de la Carrera 33 y la Calle 36 tienen una alta concentración de tránsito, y son zonas claves para mejorar la movilidad y seguridad en la ciudad.
¿Desde cuándo aplican estas medidas?
Las restricciones rigen desde el lunes 9 de junio de 2025.
Durante el primer mes (hasta el 9 de julio), se desarrollará una fase pedagógica con campañas informativas como #YoUsoTransporteLegal y operativos de sensibilización.
A partir del 10 de julio, se impondrán sanciones económicas a quienes incumplan las disposiciones.
Prensa y Comunicaciones/Alcaldía de Bucaramanga
