El concejal Néstor Bohórquez presenta su informe de gestión al 30 de septiembre de 2024. . Foto: Archivo
Misael Salazar F.
Con ponencia del magistrado, Iván Mauricio Mendoza Saavedra y el voto favorable de los tres magistrados, el Tribunal Administrativo de Santander niega la solicitud de nulidad electoral que contra el concejal Néstor Bohórquez, se tramitaba en dicho Despacho.
Yolanda Romero Trujillo y Tania Lizeth Bautista Peñaloza, en su condición de demandantes, solicitan al alto tribunal la nulidad electoral del acto que concluyó con la elección y juramentación de Néstor Bohórquez, quien en octubre pasado resultó elegido concejal en la lista de los partidos Conservador-Mira.

Las demandantes argumentan que Bohórquez utilizó recursos propios para financiarse su campaña electoral, lo que a su juicio está prohibido por la ley colombiana, ya que el concejal se halla imputado en un proceso anterior al acto electoral del cual resultó electo.
En otros términos, afirma la parte demandante, el corporado se autofinanció su campaña, cuando le estaba prohibido, debido a la imputación existente.
En respuesta a la argumentación de las accionantes, el magistrado señala en la ponencia, “que el citado concejal utilizó recursos prohibidos, más no recursos obtenidos ilegalmente”.
Y agrega el magistrado que esta conducta (la de los recursos prohibidos), no necesariamente tiene fines antidemocráticos y estos (los recursos prohibidos), no siempre se destinan a socavar los principios democráticos.
Continuando con el mismo escenario argumentativo, el magistrado deja claro que no hay evidencia alguna de que Néstor Bohórquez, con el autofinanciamiento de su campaña, haya influido para restringir la libertad del votante, manipular información o manipular el proceso electoral, lo que constituye una violación a los principios democráticos.
Por estas y otras razones jurídicas expuestas ampliamente en la sentencia, el Tribunal Administrativo de Santander, con el voto unánime de los tres magistrados (Iván Mauricio Mendoza Saavedra, Claudia Patricia Peñuela Arce y Francy del Pilar Pinilla Pedraza), niega la solicitud de los demandantes de declarar la nulidad electoral del concejal Néstor Bohórquez, integrante del Concejo Municipal de Floridablanca.
Aclaremos que se trata de una sentencia de primera instancia, por lo que muy seguramente la parte demandante apelará la decisión.


Pero es muy probable que los argumentos esbozados en esta sentencia del magistrado Iván Mauricio Mendoza Saavedra, resulten aplicables para el caso de otros concejales de Floridablanca a quienes también les han solicitado la nulidad electoral. El magistrado, aclara la diferencia entre los recursos prohibidos y los recursos obtenidos ilegalmente y ello constituye la parte medular de la sentencia.

