Misael Salazar F.
El Juzgado 20 del Circuito de Medellín ordenó a la IPS, Instituto Colombiano del Dolor (Incodol), practicarle la eutanasia a la señora Martha Sepúlveda, quien padece de Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA).

Martha Sepúlveda podrá morir en 48 horas si así lo decide
Como recordarán los colombianos, la señora Martha Sepúlveda, junto a su hijo y demás familiares, había programado su muerte para el domingo 10 de octubre, a las 7 de la mañana.
De acuerdo a lo planificado, la señora Martha debía recibir el procedimiento eutanásico a las 7 de la mañana de aquél domingo. Acto seguido, se procedería a la cremación y finalmente habría una eucaristía.
El proceso fue suspendido, sin embargo, 36 horas antes. Mediante un comunicado, la IPS (Incodol), suspendió el proceso eutanásico, afirmando que la señora Martha no padecía una enfermedad terminal.
La familia de Martha Sepúlveda instauró una acción de Tutela defendiendo el derecho de la paciente a morir dignamente, de acuerdo a su manifestación de voluntad.
Este miércoles, el juzgado 20 de Medellín falla a favor de Martha y su defensa y le ordena a la IPS proceder a la eutanasia en un plazo de 48 horas. Dice el fallo que se concede el amparo constitucional para la protección de los derechos fundamentales a morir dignamente, la vida digna, el libre desarrollo de la personalidad y la dignidad humana.
En conclusión, si la señora Martha Sepúlveda mantiene su voluntad de morir dignamente, la IPS debe proceder, en un plazo de 48 horas, a practicarle el procedimiento eutanásico.
