El abogado Julián Duarte fue demandado por los 800 habeas corpus. Foto: Archivo.
La Corte Constitucional, mediante el comunicado No 30 del 14 de septiembre del 2022, ha declarado exequible el artículo 10 de la Ley 2161 de 2021, mediante el cual se establecen las medidas para promover la adquisición, renovación y no evasión del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT).
Igualmente, se modifica la Ley 769 del 2002, además de dictar otras disposiciones.
Queda establecido en la norma constitucional, que los propietarios de los vehículos automotores deben velar porque dichas unidades circulen cumpliendo los siguientes requisitos:
- Que se haya adquirido el SOAT.
- Que haya realizado la revisión tecno-mecánica.
- Que los vehículos circulen por los lugares y dentro de los horarios permitidos.
- Que circulen sin exceder los límites de velocidad permitidos.
- Que el vehículo circule sin violar la luz roja de los semáforos.
El comunicado en cuestión deja claro que la violación de las anteriores obligaciones, implicará la aplicación de las sanciones previstas en el artículo 131 de Código Nacional de Tránsito, modificado por la Ley 1383 del 2010”.
De acuerdo con el criterio del abogado y candidato a la alcaldía de Floridablanca, Julián Duarte, lo anterior lo que implica es que regresaron las fotomultas. “Significa -dice el abogado- que es necesario tener al día el Soat y la revisión tecno-mecánica vigente”.
A juicio del mismo abogado, se ha caído la sentencia 038 de misma Corte Constitucional donde se habla de individualización, en la persona que iba conduciendo el vehículo.
En cualquier circunstancia, de acuerdo con el contenido del comunicado y la interpretación jurídica del abogado Julián Duarte Ballesteros, el propietario del vehículo es quien debe responder por una o varias de las faltas enumeradas con anterioridad y ello lo que implica es que regresan las fotomultas.
