El Consejo de Estado falla a favor del concejal de Floridablanca, Brahyam Vera Bautista. Foto suministrada
Misael Salazar F.
Con ponencia del magistrado Pedro Pablo Vanegas Gil, el Consejo de Estado ratificó la decisión del Tribunal Administrativo de Santander y dejó en firme la elección del concejal de Floridablanca, Brahyam Vera Bautista.
Contra el legislador del partido Liberal existía una demanda radicada por María Angélica Balaguera Guerrero, solicitando la nulidad de su elección como concejal para el periodo 2024-2027.
Argumentaba la demandante, que la campaña electoral del concejal Vera Bautista fue financiada con recursos provenientes de Heriberto Vera Pedraza, quien está vinculado a un proceso judicial, lo que lo dejaba impedido para apoyar financieramente la campaña del concejal mencionado.
La defensa del demandado esgrime dos argumentos en contra de las pretensiones de la demandante: El primero, que las acusaciones de supuesto financiamiento ilegal aportados por Heriberto Vera Pedraza están relacionados con otra concejal del municipio y no contra Brahyam Vera Bautista.


El segundo y más contundente argumento de la defensa del concejal contra la parte demandante, estriba en que la demanda contra el concejal del partido Liberal fue radicada de forma extemporánea, es decir, fuera del lapso estipulado por la ley para cumplir con este procedimiento.
Explica el Consejo de Estado, tal como lo había hecho el Tribunal Administrativo de Santander, que la demanda contra el concejal Vera Bautista fue radicada el último día del plazo para hacerlo, pero a las 4 y 30 minutos de la tarde, media hora después de vencido el horario de trabajo del Tribunal.
Habilidosamente, la defensa de Brahyam Vera Bautista argumenta que la demanda fue radica fuera del lapso legal permitido y con esta prueba tumba cualquier aspiración de dejar sin efecto la elección del joven concejal de Floridablanca.
Como se trata de una decisión de segunda instancia, no hay apelación al fallo y así lo deja claro la sentencia que ratifica la legalidad de la elección del mencionado concejal.
