La Corte Constitucional aprobó gran parte de la Reforma Pensional presentada por Gustavo Petro. Foto: Archivo
Misael Salazar F.
La Corte Constitucional colombiana aprobó un elevado porcentaje de la Reforma Pensional presentada por Gustavo Petro al congreso y archivada desde hace dos años en el alto tribunal.
De 95 artículos de la Reforma, fueron declarados exequibles (legales), casi 85, mientras que 9 artículos fueron devueltos a la Cámara de Representantes para la subsanación de trámite.
Entre los artículos aprobados y que entrarán en vigencia el primero de abril de 2027, destacan los relativos al sistema de pilares que regirá para los colombianos.
Primero, la reforma establece un componente o aporte solidario para los colombianos en condición de pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad.
Segundo. Habrá un pilar semi contributivo que cobija a los colombianos que no lograron pensionarse, pero alcanzaron a cotizar al sistema.
Tercero. El pilar contributivo cobija a aquellos colombianos cotizantes permanentes del sistema.
Cuarto. Habrá, adicionalmente, un sistema de ahorro voluntario, para aquellos colombianos que puedan realizar aportes adicionales.
Hay otra innovación dentro de la Reforma Pensional aprobada este martes por la Corte Constitucional:
Quienes formen parte del pilar contributivo y tengan ingresos hasta 2,3 salarios mínimos legales vigentes, aportarán directamente a Colpensiones. Quienes posean ingresos superiores al tope antes señalado, deberán aportar a las ACCAI (Administradoras de Componente de Ahorro Individual).
Estos beneficios de la Reforma Pensional, entrarán en vigencia, como ya dijimos, el primero de abril del año entrante.
Mientras tanto, la Cámara de Representantes tiene 30 días para subsanar el trámite correspondiente a los 9 artículos devueltos. Cuando este proceso se haya cumplido, la Corte Constitucional vuelve a realizar el análisis para, si es el caso, aprobarlos.
